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miércoles, 19 de enero de 2011

REGLAMENTO DEL OPERADOR DE PCP

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PREVENCION Y CONTROL DE PÉRDIDAS





REGLAMENTO DEL OPERADOR O FUNCIONARIO DE PCI





CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

SECCIÓN I



Artículo 1. El presente reglamento tiene por objeto: a.- Establecer las normas y políticas que rijan la ejecución y el desempeño efectivo del oficial de seguridad en la Corporación. Y, b.- Prevenir la ocurrencia de hechos que atenten contra el Patrimonio moral y material de la Institución y de sus trabajadores.





SECCIÓN II

DE LAS POLÍTICAS DE SEGURIDAD



Articulo 2. Las instalaciones de la corporación, como el edificio sede, es un bien el cual debe ser resguardado las 24 horas del día. En este sentido se cuenta con el personal de OPERADORES O FUNCIONARIOS DE PCP, con el propósito de brindar la Prevención y la Protección física, de los activos físicos y personales de las instalaciones.







CAPITULO II

SECCIÓN I

DE LAS FUNCIONES DEL OFICIAL DE SEGURIDAD PCI



Artículo 3. Será responsabilidad del “OPERADOR DE SEGURIDAD” controlar el acceso a las Instalaciones del edificio sede de la Corporación y sus demás instalaciones, según la normativa del presente Reglamento:



1. Controlar, proteger y resguardar los activos físicos, equipos, información y personal de la Institución.



2. Controlar la entrada y salida de materiales y/o equipos y regreso de los bienes. (Pase de Materiales): El operador de Seguridad deberá revisar la maletera de los vehículos (al momento de entrar y salir de la institución) en caso de observar alguna actitud sospechosa o dudosa, deberá registrar el hecho y datos del vehiculo y conductor; notificando la situación a su supervisor inmediato, igualmente se reserva el derecho a la revisión de bolsos y la maletines de uso particular.





3. Orientar a los visitantes hacia su destino.



4. Impedir la ingesta de bebidas alcohólicas en la institución, así como también deberá evitar que los usuarios fumen en las áreas no permitidas y evitar el ingreso de personas de vendedores de oficio u otras que el motivo de si visita no sea relacionado con las labores de la corporación.



5. Llamar la atención en caso de observar comportamientos extraños o inmorales por parte de los visitantes y personal en general.



6. Informar al supervisor inmediato cualquier anomalía o desviación ocurrida dentro de las instalaciones durante el horario de trabajo, y fuera de la jornada laboral y deberá notificarlo inmediatamente a la Supervisión de PCP.



7. Prevenir al personal en general en caso de alguna emergencia que atente contra el bienestar colectivo.



8. Mantener el orden interno en las instalaciones y sus adyacencias, procurando y asegurando la actuación de las personas bajo los principios de: disciplina, seguridad, respeto, educación y sentido ecológico.



9. Controlar el acceso del Personal propio, Contratado y Visitantes.



10. Deberá registrar los hechos o situaciones en el Libro de Novedades diarias, presentando un Informe Semanal.



11. Participar en Planes de adiestramientos, y emergencias establecidos por la Gerencia de Prevención y Control de Perdidas cuando estos dispongan para tal fin.



12. Atender las directrices que en materia de seguridad que establezca la corporación, a través de la Jefatura de Prevención y Control de Perdidas.







SECCION II

DE LA JORNADA LABORAL



Articulo 4. El Funcionario de Seguridad trabajará en el horario de 24 horas mediante tres (3) turnos de 8 horas cada uno y la hora de descanso para ingerir alimentos la harán acordando con su supervisor para los relevos correspondientes.



Artículo 5. El Oficial deberá registrar en horario no laborable la hora de entrada y salida de todo personal, mediante firma en el control de asistencia en el formato establecido por el Jefe de seguridad de la jefatura de PCP.



1. Solicitar la aprobación del departamento de Prevención y Control de Perdidas para los permisos de ausencias correspondientes a: medico asistencial, problemas familiares, personales, etc. de acuerdo al procedimiento de permisos de la Corporación. A tal efecto deberá asegurarse que la guardia sea cubierta por otro funcionario u oficial de seguridad con la anuencia del Supervisor designado por PCP.















SECCION III

DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL



Articulo 6. El Funcionario de seguridad deberá usar “Durante toda su Jornada Laboral” el uniforme que le provee la Dirección de la Corporacion, de igual forma; deberá velar y cuidar de su apariencia personal.





SECCION IV

DE LAS FALTAS



Articulo 7. Cualquier incumplimiento por parte de cualquier oficial de seguridad, Supervisor o Jefe de Sección de los artículos antes mencionados, dará el total derecho a la Corporación o Empresa para imponer las amonestaciones dependiendo de la causa, de ser considerada muy grave el organismo podrá prescindir de su servicio previo notificación al funcionario.

GERENTE DE PCP.














7 comentarios:

Unknown dijo...

Gracias por su valiisa informacion

Unknown dijo...

Gracias por su información!!!!

Anónimo dijo...

las personas contra actuales o contratistas cuando le sacan el pase para la refineria son verificado en el sistema sipol para saber si esta soicitado o si tiene antecedentes, de tener que pasaria

Anónimo dijo...

Buenas tardes. Que medidas se deben tomar en caso de haber una "agresión verbal" de parte de un trabajador hacia un Operador de PCP? Que sanciones hay para casos como ese? Gracias

Unknown dijo...


To: denuncias@ivss.gob.ve


Buenas , el motivo de usar este medio es para tener una respuesta positiva a este caso a continuación: mi nombre es Bermar Alfonso Camacaro Yepez, f/n: 07-04-1976. C.I: 12.593,607...laboro como controlador de seguridad (PCP)a cargo de la Dirección General de Prevención y Control de Pérdidas-Contratados del  IVSS,  en la Unidad de Hemodiálisis Amor y Esperanza dentro de las áreas del Hospital Egidio Montesinos, en la Ciudad del Tocuyo Estado Lara. Cargo: Contratado, nuestro horario de trabajo es de 24horas por 48horas. Y el caso es el siguiente: somos un grupo de 20 trabajadores el cual empezamos a laborar a partir de la fecha 16/09/2019, y en nuestro pago quincenal se reflejaba un monto de 94000bs,y la otra quincena de 105000bs, en si 200.000bs mensuales y nos hemos percatado que no se nos está pagando las horas nocturnas, ni los días feriados, ni demás artículos que se refleja para un trabajador que labore 24horas por 48horas, estamos sacando el salario de un empleado público con un horario de medio turno al día; es decir, de 7am a 1pm; o de 1pm a 7pm. Y nos están adeudando un total de 18 horas  por cada día que laboramos por 24horas, y asta la fecha no tenemos respuesta alguna a nuestra situación, que de verdad es bastante angustiante. Por otro lado todavía no hemos recibido la tarjeta de la cesta tikets...y en nuestra área de trabajo estamos carentes de garitas, de un área para el descanso, guardar nuestras cosas personales y para las horas de comida. Tampoco disponemos de un baño para usar en horas de la noche... Necesitamos de su pronta y positiva respuesta y ayuda... Sin más nada que agregar me despido. atte: Bermar Camacaro c.i:12.593,607. Telf: 04120536041. Gracias y Saludos. 

Unknown dijo...

Buen día si me pueden ayudar trabajo como vigilante en una empresa de productos lácteos trabajamos 24x 48.hrs nos pagan la semana y un bono no nos Dan recibo de pago ni nos han dotado de uniforme estos reglamentos son aplicables pueden ser aplicables a esta empresa necesito orientación mi nombre Oscar Barrios mi telef 04120341747 donde puedo obtener im formación

Anónimo dijo...

No hablan de cuando estas personas exceden sus funciones sacando al público de los establecimientos